Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
31-12-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131231-15

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

15
Modificación ordenanza fiscal

Habiéndose presentado reclamaciones en el plazo de exposición al público, el Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión de 20 de diciembre de 2013, aprueba definitivamente el acuerdo adoptado sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por autorizaciones para la reserva de espacio en las vías y terrenos de uso público, procediéndose a la publicación del mismo en virtud de lo ordenado en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuyo texto íntegro se inserta a continuación:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR AUTORIZACIONES PARA LA RESERVA DE ESPACIO EN LAS VÍAS Y TERRENOS DE USO PÚBLICO

Art. 6. Cuota tributaria.—La cuota tributaria que corresponde satisfacer por las autorizaciones reguladas en esta ordenanza serán las siguientes:

— Reserva de espacio en la vía pública que impida el estacionamiento o parada de vehículos en el frente de fincas o locales por el que se realiza el acceso a los mismos, señalado por placas reglamentarias:

• Señal identificativa, unidad: 30 euros.

— Reserva de espacio en la calzada para aparcamiento, delimitado por placas reglamentarias, con prohibición de estacionamiento de vehículos no autorizados:

Concesión, modificación o renovación:

• Por período anual: 20 euros/metro lineal.

• Señal identificativa, unidad: 30 euros/metro lineal.

• Cambio de titularidad: 30 euros/metro lineal.

— Reserva de espacio en la calzada para carga y descarga de mercancías, delimitado por placas reglamentarias, con prohibición de estacionamiento de vehículos no autorizados:

Concesión, modificación o renovación, por período anual:

• Con carácter permanente: 20 euros/metro lineal.

• Con carácter temporal (máximo ocho horas diarias): 15 euros/metro lineal.

• Señal identificativa, unidad: 30 euros/metro lineal.

• Cambio de titularidad: 30 euros/metro lineal.

En todo caso, y en lo que resulte de aplicación a las citadas autorizaciones, se estará a lo dispuesto en la ordenanza municipal de circulación y tráfico.

— Reserva de espacio para mudanzas (mínimo 8 metros): 5 euros/metro lineal/día.

— Reserva de espacio para medios de difusión (mínimo 8 metros): 10 euros/metro lineal/día.

— Otras reservas: 5 euros/metro lineal/día.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra los referidos acuerdos las personas legitimadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

En Boadilla del Monte, a 20 de diciembre de 2013.—La tercera teniente de alcalde-delegada del Área de Hacienda, Patrimonio y Personal, Susana Sánchez-Campos Guerrero.

(03/41.613/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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