Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131227-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

62
Sin efecto delegación

Por resolución de Alcaldía número 986/2013, el alcalde, don Ángel Luis Fernández Robles, dejaba sin efecto la delegación de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local, acordada mediante decreto de Alcaldía 477/2011, de 20 de junio, y de la que se dio cuenta al Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria de 30 de junio de 2011, únicamente de las siguientes competencias, las cuales volverán a ser del alcalde-presidente:

1. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando formen parte, como requisito indispensable, de los trámites exigidos para la solicitud de subvenciones y/o ayudas, dando cuenta posteriormente a la Junta de Gobierno Local.

2. La petición de subvenciones ante el Estado, Comunidad de Madrid o cualquier otro organismo de carácter público o privado que corresponda.

La presente se formula en aras de obtener una mayor diligencia y agilidad en los trámites relacionados con la solicitud de subvenciones, ya que existe menor disponibilidad de financiación por parte de los órganos subvencionantes y mayor número de solicitudes, primando la modalidad, en la mayoría de las bases reguladoras de ayudas y subvenciones, de la concurrencia competitiva, lo que hace determinante la reducción de los plazos de solicitud para su obtención.

Lo que le trasmito, a los efectos oportunos, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Chapinería, a 12 de diciembre de 2013.—El alcalde, Ángel Luis Fernández Robles.

(03/41.104/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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