Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131226-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

OTROS ANUNCIOS

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Notificación ejecución de desalojo

Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 23 de septiembre de 2013 a don José Carlos González Herrero, relativo a la orden de ejecución de desalojo de la primera planta del edificio en la calle Andrés Saborit, números 6-8, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:

«Dada cuenta a mi autoridad de que por resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 21 de junio de 2013 se requería a doña Julia Herrero Ruano y don Javier Villamil, la inmediata anulación de la actividad en la zona del comedor del bar del local sito en la calle Andrés Saborit, números 6-8; a doña Julia Herrero Ruano y a don José Carlos González Herrero se impida, de forma inmediata, el acceso a la persona o personas que habiten en la planta primera del edificio en la zona afectada (zona situada sobre la puerta de cuarterones del número 6 de la calle Andrés Saborit) en la calle Andrés Saborit, números 6-8; y a doña Julia Herrero Ruano el apeo de forjados interiores del techo de planta baja y correcto arriostramiento de los huecos de fachada (puerta y ventanas), presentando previamente proyecto visado y designación de técnico competente para la dirección de las obras en la calle Andrés Saborit, números 6-8, presentando una vez efectuadas las obras, certificado final de obras.

Por el Comité de Seguimiento del Plan Especial de Protección del Casco Histórico se ha emitido informe en el que se pone de manifiesto, entre otras consideraciones, que: “A la vista de toda la documentación aportada, así como el proyecto presentado, se informa:

— El proyecto presentado, en cumplimiento de la resolución del concejal-delegado de Urbanismo de fecha 21 de junio de 2013, número 1441, se informa favorablemente.

— Se ha efectuado visita de inspección al edificio, constatando que se encuentra desalojado en su totalidad, tanto de las viviendas como el local y adoptándose las medidas de seguridad ordenadas.

— Debe ampliarse la orden de desalojo, que ya está cumplimentada, tanto de las viviendas como del local. Inquilino, don Javier Villamil San Martín, con domicilio en la calle Cánovas del Castillo, número 18, primero izquierda, código postal 28802.

— El resto del edificio, al margen del ocupante de la planta primera don José Carlos González Herrero, es de la propietaria doña Julia Herrero.

En tanto no se efectúen las obras de apuntalamiento y demolición de elementos inestables conforme al proyecto que se presenta y se aporte certificado final de obra, deberá continuar el edificio desalojado en su totalidad a excepción de los operarios autorizados para la ejecución de la obra.

Presupuesto del proyecto: 4.298, 60 euros.

El plazo de ejecución de finalización de las obras y de aportación del certificado final de obra se estima en quince días”.

De conformidad con lo establecido en el art. 168 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

En virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por resolución de la Alcaldía-Presidencia número 1945/2012, de 18 de julio, y por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión celebrada el 23 de julio de 2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124.5 y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 49 y 64 del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento, vengo en disponer:

1.o Requerir a doña Julia Herrero Ruano y a don Javier Villamil el inmediato desalojo del local sito en la calle Andrés Saborit, números 6-8.

2.o Requerir a doña Julia Herrero Ruano y a don José Carlos González Herrero el desalojo de la planta primera del edificio en calle Andrés Saborit, números 6-8.

3.o Requerir a doña Julia Herrero Ruano para que proceda, en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, al apuntalamiento y demolición de los elementos inestables confirme al proyecto presentado en la calle Andrés Saborit, números 6-8, presentando una vez finalizadas las obras certificado final de obras. Realizándose en tanto una vigilancia sistemática de las mismas y tomándose las medidas necesarias de protección para las personas y cosas. Con apercibimiento de que no hacerlo así el Ayuntamiento lo podrá realizar, a costa del obligado, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y según la valoración efectuada por los Servicios Técnicos Municipales que asciende a la cantidad de 4.298,60 euros, corriendo todos los gastos, daños y perjuicios a cargo del obligado, teniendo dicho importe carácter de provisional y pudiendo el Ayuntamiento exigir su pago antes de la ejecución de dichas obras, y siempre a reserva de la liquidación definitiva una vez finalizadas las mismas.

4.o Notificar la presente resolución al interesado, con la prevención de los recursos que le asisten».

Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición potestativo ante esta Corporación (Junta de Gobierno Local) en el plazo de un mes, siguiente al de la fecha de recibo de la presente notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Caso de interponer recurso de reposición potestativo, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado citado por el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. Si dicho recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir del día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 18 de noviembre de 2013.—La directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística, por delegación del secretario-titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de fecha 12 de septiembre de 2012 (firmado).

(02/8.716/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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