Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-12-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131224-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6

81
Procedimiento 410 de 2013

EDICTO

Doña Patricia de la Fuente Bustillo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 410 de 2013, a instancias de la parte actora, don Francisco Javier Doncel López, contra “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 15 de noviembre de 2013 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Tener por desistido a don Francisco Javier Doncel López de su demanda frente a “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”.

Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 15 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.042/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131224-81