Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2013

Sección 1.4.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131219-33

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación, de concesión de trámite de audiencia, con carácter previo a la extinción de la autorización por cese de actividades de la escuela infantil privada “Villa Lobitos” de Madrid.

En relación con el expediente de extinción de la autorización, por cese de actividades, de la escuela infantil privada denominada “Villa Lobitos”, con domicilio en la avenida de Buenos Aires, número 93, de Madrid, e intentada sin efecto en dos ocasiones la práctica de la notificación en el último domicilio conocido, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a los interesados que el Servicio de Inspección Educativa de la Dirección del Área Territorial Madrid-Capital informó, con fecha 23 de octubre de 2013, que en la dirección mencionada no existe en funcionamiento ningún centro educativo.

Por lo anteriormente expuesto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.1 del Decreto 19/2010, de 25 de marzo, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas regladas no universitarias, se concede trámite de audiencia, con carácter previo a la extinción de la autorización del mencionado centro, por cese de actividades, por lo que podrán formular alegaciones o presentar la documentación que estimen pertinente, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución.

Madrid, a 5 de diciembre de 2013.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(03/40.396/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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