Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131219-317

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 6

317
Procedimiento ordinario 51 de 2013

EDICTO

Doña Camino Campuzano Tomé, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 51 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ernesto Tejero Álvarez, don Benigno Vázquez Vázquez, don Borja Otero Carballo y don Iván Vázquez Fernández, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando parcialmente las demandas acumuladas presentadas por don Ernesto Tejero Álvarez, don Iván Vázquez Fernández, don Borja Otero Carballo y don Benigno Vázquez Vázquez, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la demandada citada a abonar a los actores las cantidades siguientes:

A don Ernesto Tejero Álvarez: 2.398,16 euros.

A don Iván Vázquez Fernández: 2.393,17 euros.

A don Borja Otero Carballo: 2.343,00 euros.

A don Benigno Vázquez Vázquez: 1.895,04 euros.

Cantidades que devengarán el interés moratorio del 10 por 100 anual desde las fechas de los respectivos devengos hasta su completo pago.

Incorpórese esta sentencia al correspondiente libro y expídase certificación literal de la misma para su constancia en los autos de referencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que la misma es firme y que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Oviedo, a 18 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.569/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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