Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
18-12-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131218-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

210
Ejecución 174 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Victoria Delgado Robledo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 174 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Angulo Fernández, frente a don Wíliam Moreno Marín, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 6 de noviembre de 2013.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Inadmitir a trámite el recurso de reposición interpuesto por el letrado señor Angulo Fernández contra la diligencia de ordenación de 14 de octubre de 2013.

Conforme a lo solicitado, expídase testimonio de la presente resolución que se entregará al letrado a fin de que la pueda presentar en el Tribunal Superior de Justicia a los efectos que considere oportunos.

Respecto a la solicitud de testimonio del procedimiento para la interposición de denuncia, dado que no es necesaria su expedición para presentar denuncia ante el organismo que considere oportuno, quien ya solicitará de este órgano judicial los documentos e informes que considere oportunos, no ha lugar a su expedición.

Pudiendo deducirse de la actuación del letrado don Francisco Javier Angulo Fernández una actuación no ajustada a las normas deontológicas del Colegio de Abogados, líbrese oficio al mismo, remitiéndole testimonio de la presente resolución a los efectos oportunos.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 4283/0000/64/0174/11.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Wíliam Moreno Marín, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.300/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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