Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131214-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

79
Procedimiento ordinario 121 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Yolanda Caballero Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 121 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Almudena Zumel Jiménez, doña Elisa Puerta Moreno y doña María Núñez Cuenca, frente a doña María Soledad García Gómez, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 414 de 2013

En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, doña Begoña García Álvarez, los presentes autos número 121 de 2013, seguidos a instancias de doña María Núñez Cuenca, doña Elisa Puerta Moreno y doña Almudena Zumel Jiménez, contra doña María Soledad García Gómez, sobre reclamación de cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimo la demanda formulada por doña Almudena Zumel Jiménez, doña María Núñez Cuenca y doña Elisa Puerta Moreno, frente a María Soledad García Gómez, y condeno a dicha demandada a que abone a las actoras las siguientes cuantías por los conceptos relacionados en el ordinal segundo de la presente resolución:

A doña Almudena Zumel Jiménez: 723,58 euros.

A doña María Núñez Cuenca: 467,61 euros.

A doña Elisa Puerta Moreno: 506,87 euros.

Dichas cantidades serán incrementadas en un 10 por 100 de interés anual por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Con la misma fecha se remiten por correo certificado copias de la sentencia para su notificación a las partes.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Soledad García Gómez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.951/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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