Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
13-12-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131213-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

152
Procedimiento 371 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 371 de 2013, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón Parra Vela, frente a “Indegis, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Desestimando la demanda del actor don Ramón Parra Varela, por falta de prueba de la fecha del despido.

En consecuencia absuelvo a la demandada “Indegis, Sociedad Limitada”, de la acción de despido.

Asimismo absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, de la responsabilidad subsidiaria por los conceptos de la demanda.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante, en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará el anuncio, justificante de haber ingresado 300 euros en la cuenta de este Juzgado, en la sucursal del banco grupo “Banesto” sito en la planta primera de la sede de estos Juzgados, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria, la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se hace saber a la empresa para el caso de recurso, que han de cumplimentar la autoliquidación de tasas conforme a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de noviembre de 2012), conforme al modelo que contiene la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de diciembre de 2012).

Publicación

Leída y publicada la anterior sentencia en el día de la fecha por la ilustrísima señora magistrada-juez, doña Francisca Arce Gómez, que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Indegis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 22 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.132/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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