Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
13-12-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131213-189

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

189
Ejecución 162 de 2013-A

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 162 de 2013-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Salvador Mejías Camacho, frente a “Blanca y Tosta, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Salvador Mejías Camacho, frente a la demandada “Blanca y Tosta, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 7.695,24 euros, más 769,52 euros de intereses y 769,52 euros de costas, ambas cantidades calculadas provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2519/0000/64/0162/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Elena Burgos Herrera

Parte dispositiva:

Se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Blanca y Tosta, Sociedad Limitada”, por un principal de 7.690,17 euros, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Visto que ha resultado negativo el intento de notificación a la empresa de las resoluciones de fecha 2 de septiembre y 15 de octubre de 2013 efectuado por el Servicio Común de Actos de Comunicación, certificándose por este que, “según manifiestan vecinos del bloque, la citada empresa se encuentra cerrada y sin actividad comercial”, procédase a notificar por medio de edictos las citadas resoluciones, así como la presente, insertándose los mismos en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en el caso del auto y de este decreto también en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo así de notificación en forma a la ejecutada.

Y una vez la presente resolución devenga firme, se expedirán de oficio los testimonios necesarios para solicitar prestaciones ante el Fondo de Garantía Salarial, los cuales serán remitidos por correo certificado a la letrada de la parte actora, y tan pronto conste la recepción de los mismos por esta, se procederá al cierre y archivo de las actuaciones, dejando de ella debida constancia en los libros de este Juzgado.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2519/0000/64/0162/13.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial, Enrique Roldán López.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Blanca y Tosta, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.805/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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