Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
12-12-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131212-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 62

96
Procedimiento ordinario 568 de 2012

EDICTO

Doña María Victoria Fidalgo Iglesias, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 568 de 2012, a instancias de “Lease Plan Servicios, Sociedad Anónima”, contra “González Rehabilitaciones 1930, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 19 de noviembre de 2013.—Doña Manuela Hernández Lloreda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario con el número 568 de 2012, seguidos por el procurador de los tribunales señor Deleito García, en nombre y representación de “Lease Plan Servicios, Sociedad Anónima”, contra “González Rehabilitaciones 1930, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, procede a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador de los tribunales señor Deleito García, en nombre y representación de “Lease Plan Servicios, Sociedad Anónima”, procede declarar resuelto el contrato-marco de alquiler de vehículo y administración de flota número 370082P5646 suscrito con “González Rehabilitaciones 1930, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, con fecha 30 de marzo de 2012, condenándola a la restitución del vehículo matrícula 5855GJR, así como a abonar la cantidad de 7.875,88 euros por mensualidades impagadas y 4.560,72 euros en concepto de daños y perjuicios, junto a los intereses pactados en los términos reclamados y las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado por medio de escrito en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “González Rehabilitaciones 1930, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/8.490/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131212-96