Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
11-12-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131211-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

169
Procedimiento ordinario 1.347 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.347 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Calvo García, frente a “Grúas Aravaca, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 384 de 2013

En Madrid, a 4 de noviembre de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, los presentes autos sobre ordinario, seguidos con el número 1.347 de 2011, entre partes: de una, y como demandante, don Luis Calvo García; contra la empresa “Grúas Aravaca, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial que no comparecen pese a estar citados en legal forma.

Vistos los preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Calvo García, contra la empresa “Grúas Aravaca, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial que no comparece pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.778,45 euros, cantidad a la que será de aplicación el 10 por 100 de interés de mora.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias, de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grúas Aravaca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.475/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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