Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
09-12-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131209-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

OTROS ANUNCIOS

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Notificación valoración y subasta

Intentada por dos veces la notificación a los interesados, doña Rosa María Sanz Zarza, con DNI 462136-C, y don Rafael Ardura Urrea, con DNI 50834242-X, se pone de manifiesto para su conocimiento que los Servicios Municipales de Recaudación han adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la valoración practicada sobre los bienes inmuebles embargados y, dado que no existen cargas ni gravámenes de carácter real, señalar como tipo de licitación la cantidad de 450.583,80 euros.

Segundo.—Proceder a la enajenación mediante subasta del bien, finca urbana ubicada en la calle Majada de las Monjas, número 18, y con referencia catastral 6166706VL1066N0001WI, inscrita en el Registro de la Propiedad de Moralzarzal como finca registral al libro 121, tomo 1118, folio 22, respecto de los cuales el deudor, don Rafael Ardua Urrea, ostenta el derecho de propiedad en pleno dominio (50 por 100) junto con su cónyuge, doña Rosa María Sanz Zarza, por compraventa con carácter ganancial, embargado en dicho procedimiento, para cuyo acto se señala el próximo día 3 de abril de 2014, a las doce horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.

La presente notificación se practica a efectos de cumplimiento de cuanto señala el artículo 101.2 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, advirtiéndole asimismo de que, en cualquier momento anterior al de la adjudicación de los bienes embargados, podrán ser liberados estos mediante el pago de las cantidades establecidas en el artículo 169.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Contra la presente notificación al interesado, en virtud del artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, podrá usted interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante el tesorero. La interposición de este recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, con la excepción de lo establecido en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.

Igualmente, podrá interponer recurso contenciosos-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, o al de la recepción de la resolución del recurso de reposición, si esta fuera expresa, o en los seis meses siguientes al de su interposición, si no recayera resolución expresa.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pueda estimar como más pertinente a su derecho.

En Becerril de la Sierra, a 31 de octubre de 2013.—El alcalde, José Conesa López.

(02/7.859/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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