Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
09-12-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131209-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

34
Plan Especial calle de la Bahía, 25

Anuncio de aprobación definitiva del Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la finca sita en la calle de la Bahía, número 25.—Expediente 711/2012/27002.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la finca sita en la calle Bahía, número 25, Distrito de Moncloa-Aravaca, promovido por don Francisco Tenancio Vara, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—La vigencia del presente Plan Especial será de un año contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Dar traslado a los interesados de este acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las ordenanzas del Plan Especial de referencia:

Artículo 4. Régimen de los usos.—El presente Plan Especial permite en la parcela de la calle Bahía, número 25, la implantación del uso dotacional en el edificio exclusivo, según lo dispuesto en la MP 00.319 del Plan General, cumpliendo las condiciones que la misma impone.

Esta modificación del régimen de usos se realiza sin perjuicio de la implantación o mantenimiento de los desarrollados por las condiciones del Título VII, en la norma zonal 2 (artículo 8.2.19) del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid y en la sección cuarta sobre régimen de usos en las Normas del APE 09-10 (artículo 19).

Madrid, a 9 de octubre de 2013.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/7.470/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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