Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2013

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131204-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2013, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica Resolución de desistimiento de la solicitud de autorización para instalar máquinas recreativas y máquinas recreativas con premio programado para el establecimiento de hostelería denominado “Cafetería Churrería Pacri”.

La Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda ha dictado Resolución de desistimiento de la solicitud de autorización para instalar máquinas recreativas y máquinas recreativas con premio programado en el establecimiento de hostelería denominado “Cafetería Churrería Pacri”. La notificación al interesado se ha intentado en dos ocasiones, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha Resolución de desistimiento cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado de que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 12 de noviembre de 2013.—El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009), la Subdirectora General de Ordenación y Gestión del Juego, Gracia Martín-Duarte Rosa.

ANEXO

Examinado el escrito presentado el 30 de agosto de 2013, conjuntamente por “López Villagarcía, Sociedad Limitada”, como titular del establecimiento de hostelería, y “Operjuego Sociedad Limitada”, como empresa operadora número 21.298, en el que se solicita la autorización para la instalación de máquinas recreativas y de juego de tipo B1 en el establecimiento denominado “Cafetería Churrería Pacri”, sito en la plaza España, número 11, de Torrejón de Ardoz (Madrid), se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Examinada la documentación aportada con la solicitud de autorización, se formularon sendos requerimientos a la empresa operadora y el titular del establecimiento en fecha 6 de septiembre de 2013, a fin de que se subsanara dicha solicitud.

Dicho requerimiento se notificó a la empresa operadora el 10 de septiembre de 2013, y al titular del establecimiento el 11 de septiembre de 2013.

Segundo

Transcurrido el plazo conferido al efecto, no se ha aportado documentación alguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para dictar la presente Resolución corresponde al Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, al amparo de lo dispuesto en el artículo 2.2.b) de la Ley 6/2001, del Juego en la Comunidad de Madrid, y en el artículo 18.2.d) del Decreto 25/2009, de 18 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

Segundo

En el artículo 4 de la Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid, se establece que el ejercicio de las actividades incluidas en su ámbito de aplicación requerirá autorización administrativa previa.

Tercero

En el artículo 47 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 73/2009, se regula el procedimiento de autorización de instalación, indicando la documentación que se debe aportar junto con la solicitud.

Cuarto

En el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se establece que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señalados en el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de quince días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.

Vistos los artículos anteriormente mencionados y demás disposiciones de general aplicación y, en uso de las competencias legalmente atribuidas,

RESUELVO

Tener por desistido al interesado de la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio programado de tipo B1 en el establecimiento denominado “Cafetería Churrería Pacri”, sito en la plaza España, número 11, de Torrejón de Ardoz (Madrid).

Contra esta Resolución, que no agota a vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía y Hacienda o ante el Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 14 de octubre de 2013.—El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009), la Subdirectora General de Ordenación y Gestión del Juego, Gracia Martín-Duarte Rosa.

(03/38.071/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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