Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131204-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

107
Procedimiento ordinario 1.526 de 2009

EDICTO

Doña María Leonor de Elena Murillo, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 1.526 de 2009, seguidos a instancias de “FCE Bank, Public Limited Company”, sucursal en España, frente a don Delfín Arjona Macayo y “Promociones y Proyectos de la Nueva Vivienda, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia de fecha 7 de noviembre de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia

En Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El ilustrísimo señor don Eduardo Delgado Hernández, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid, habiendo visto y oído los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 1.526 de 2009-F, a instancias del procurador don Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de “FCE Bank, Public Limited Company”, sucursal en España, que actuó bajo la dirección del letrado don Juan José García García, contra “Promociones y Proyectos de la Nueva Vivienda, Sociedad Limitada”, y don Delfín Arjona Macayo, declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el procurador don Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de “FCE Bank, Public Limited Company”, sucursal en España, contra “Promociones y Proyectos de la Nueva Vivienda, Sociedad Limitada”, y don Delfín Arjona Macayo, debo condenar y condeno a dichos demandados a que abonen a la entidad actora la suma de 24.568,82 euros, más los intereses moratorios pactados, y al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días en este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid y conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso se deberá depositar en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 50 euros.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados don Delfín Arjona Macayo y “Promociones y Proyectos de la Nueva Vivienda, Sociedad Limitada”, se extiende la presente a fin de que sirva de notificación en forma a las mismas.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/8.349/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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