Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131204-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

100
Juicio verbal 1.489 de 2011

EDICTO

Don Manuel Cristóbal Zurdo, secretario del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado con el número 1.489 de 2011, a instancias de comunidad de propietarios de la finca número 28 de la calle Virgen de Fuencisla, de Madrid, contra doña Natividad Cuadra Pérez, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 31 de mayo de 2013.—Vistos por doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los autos de juicio verbal registrados con el número 1.489 de 2011, derivados de demanda presentada por la comunidad de propietarios de la calle Virgen de la Fuencisla número 28, representada por la procuradora señora Moyano Núñez y bajo la dirección letrada de la señora Gorría Berbiela, contra doña Natividad Cuadra Pérez, declarada en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 857,41 euros, se ha dictado la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Moyano Núñez, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Virgen de la Fuencisla, número 28, contra doña Natividad Cuadra Pérez, se condena a esta última a que abone a la actora la cantidad de 857,41 euros, cifra que devengará los intereses previstos en el artículo 1.108 del Código Civil desde la fecha de presentación de la demanda y hasta el dictado de esta sentencia, devengando desde este momento los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Las costas de esta instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil según redacción dada al mismo por la Ley 37/2011).

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y para que sirva de notificación a doña Natividad Cuadra Pérez se extiende la presente.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/8.312/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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