Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131204-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

173
Procedimiento 489 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 489 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Daniel Herranz Salinero, frente a don Antonio María Puig del Campo, don Joan Marsal Roure, don Jorge Juan Muntané Pujadas, “Energic Instalaciones y Servicios, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Piol Group, Sociedad Limitada”, “Projectes i Obres Levante, Sociedad Anónima”, “Proyectos y Obras Madrid, Sociedad Limitada”, y “Star Capital Building, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda el embargo preventivo de bienes de la demanda “Proyectos y Obras Madrid, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente para cubrir la cantidad de 82.685,73 euros y 8.268,50 euros de principal que se calculan para costas de forma provisional, sin perjuicio de su ulterior liquidación, concretamente el embargo sobre los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro y análogos de que sea titular la ejecutada en “Banco Popular”, “Caixabank, Sociedad Anónima”, y “Banco Santander”; embargo sobre créditos que contra las empresas “MC Mutual”, “Mutual Midat Cyclops”, “Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Global d‘Inversions Patrimonials, Sociedad Limitada”, “Segur Caixa Adeslas, Sociedad Anónima de Seguros”, “Sumasa”, “Decorner, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Gran Hotel Medinacelli, Sociedad Limitada”, y “Certu, Sociedad Anónima”, pueda ostentar la ejecutada, y embargo de sobrante que pudiera existir en el procedimiento de juicio cambiario número 76 de 2011 seguido en el Juzgado de primera instancia número 86 de Madrid.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2515/0000/68/0489/13.

Lo manda y firma su señoría.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Proyectos y Obras Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.621/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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