Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131204-147

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

147
Pocedimiento 407 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 407 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Frías Fernández, don Gustavo Adolfo Guerra Bueno y don José Luis Cano Ciruelos, frente a don Amalio Miralles Gómez, don Antonio Hormigos Carretero, doña Cristina Carrasco Perpiñán, “Bazar Olías, Sociedad Limitada”, “Central de Compras Hormigos, Sociedad Limitada”, “Comercial Casas Carretero, Sociedad Limitada”, “Distribuciones Bembibre, Sociedad Limitada”, “Factoría de Oportunidades Extremeñas, Sociedad Limitada”, “Factoría de Oportunidades Santa Olalla, Sociedad Limitada”, “Ourshop, Sociedad Limitada”, y “Vecsi Internacional, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 15 de octubre de 2013.

Visto el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Se tiene por interpuesto recurso de reposición por don José Luis Cano Ciruelos, don Francisco Frías Fernández y don Gustavo Adolfo Guerra Bueno, contra la resolución de fecha 18 de septiembre de 2013. Dese traslado de copia de lo presentado a las otras partes para que en el plazo de tres días lo impugnen si así les conviene, con apercibimiento, en caso de dejar transcurrir dicho plazo sin verificarlo, de darse por precluído dicho trámite, quedando los autos para resolver (artículo 187.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísima señora doña Ana Victoria Jiménez Jiménez, magistrada-juez de lo social.—En Madrid, a 18 de septiembre de 2013.

Por recibido el anterior escrito con fecha de entrada 16 de julio de 2013 presentado por el letrado de la parte demandante, únase a los autos de su razón, advirtiéndose el siguiente defecto:

No se ha aportado acta de conciliación celebrado ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación por cada una de las empresas contra las que se ha solicitado la ampliación de la demanda.

Requiérase a la parte actora a fin de que en el plazo de quince días acredite la celebración o el intento de conciliación previa, con la advertencia de que transcurrido dicho plazo sin haber subsanado dicho defecto no habrá lugar a la ampliación de la demanda solicitada en el anterior escrito.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2509/0000/00/0407/13.

Lo manda y firma, su señoría.—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Distribuciones Bembibre, Sociedad Limitada”, “Comercial Casas Carretero, Sociedad Limitada”, y “Central de Compras Hormigos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.632/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131204-147