Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131204-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

111
Procedimiento 753 de 2012

EDICTO

Don Enrique Cilla Calle, secretario del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de relaciones paterno-filiales contenciosas número 753 de 2012, a instancia de la procuradora doña María Otilia Esteban Gutiérrez, en nombre y representación de doña Jacqueline Vanessa Once Carcelén, contra don Basilio Hermosilla Hinojoza, en los que en fecha 12 de marzo de 2013 ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 119 de 2013

En Madrid, a 12 de marzo de 2013.—Vistos por doña María del Carmen Margallo Rivera, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 753 de 2012, a instancias de doña Jacqueline Vanessa Once Carcelén, representada por la procuradora de los tribunales doña María Otilia Esteban Gutiérrez y asistida por el letrado don Francisco Rodríguez Blanco, contra don Basilio Hermosilla Hinojoza, habiendo sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

Que estimando como estimo en parte la demanda promovida por la procuradora de los tribunales doña María Otilia Esteban Gutiérrez, en nombre de doña Jacqueline Vasessa Once Carcelén, contra don Basilio Hermosilla Hinojoza, sobre relaciones paterno-filiales, debo acordar, en relación al hijo común menor de edad, Alex Michael Hermosilla Once, las medidas siguientes:

1. Se atribuye la guarda y custodia del menor a la madre, doña Jacqueline Vanessa Once Carcelén, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

2. No procede adoptar ninguna otra medida.

No procede hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas, con advertencia de que contra la misma acabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de su notificación, debiendo acreditar la interponerlo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 4341 abierta en “Banesto” la cantidad de 50 euros en concepto de depósito, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, Entidades Locales u organismos autónomos dependientes de alguno de los anteriores.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Así por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de sentencia en legal forma a la parte demandada, en ignorado paradero, don Basilio Hermosilla Hinojoza, se extiende el presente que se colocará en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de octubre de 2013.—El secretario (firmado).

(03/37.051/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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