Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
29-11-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131129-95

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

95
Ejecución 231 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 231 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Arellano Pacheco, frente a “Sánchez Pando, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 14 de octubre de 2013.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Fernando Arellano Pacheco, frente a “Sánchez Pando, Sociedad Anónima”.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2507/0000/64/0231/13, y pudiendo la parte demandada deducirse en el mismo escrito la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para los que tiene el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, tal y como establece el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial en funciones de sustitución, doña Montserrat Torrente Muñoz.—En Madrid, a 12 de noviembre de 2013.

Visto el contenido de la anterior diligencia, únanse las cartas certificadas a las presentes actuaciones.

Asimismo, habiéndose dictado acta de suspensión y nuevo señalamiento, únase a las presentes actuaciones, y visto su contenido, y ante la incomparecencia de la ejecutada “Sánchez Pando, Sociedad Anónima”, se acuerda oír a las partes en una nueva comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 17 de diciembre de 2013, a las doce horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y apareciendo en la demanda otro domicilio de la empresa ejecutada, inténtese la notificación de la diligencia de ordenación de fecha 11 de octubre de 2013, del auto de fecha 14 de octubre de 2013, de la diligencia de ordenación de fecha 14 de octubre de 2013, así como de la presente, en el domicilio de la empresa aportado en la demanda. Sin perjuicio de lo cual publíquense preventivamente edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la notificación a la ejecutada del auto despachando ejecución, así como de la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sánchez Pando, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.575/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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