Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131128-126

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

126
Ejecución 118 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 118 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Ruiz de la Torre, frente a “Pack Express Servicios Generales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de junio de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 13 de junio de 2013 ha tenido entrada el anterior escrito que se une a los autos de su razón.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez.—En Madrid, a 20 de junio de 2013.

Dada cuenta; en las presentes actuaciones se presentó escrito de demanda con fecha 13 de mayo de 2013 solicitando despacho de ejecución de lo acordado en conciliación celebrada en este Juzgado con fecha 11 de mayo de 2012. El auto y decreto acordando el despacho de ejecución de fecha 16 de mayo de 2013 se notificó a ambas partes. La parte ejecutada presentó escrito con fecha 29 de mayo de 2013 alegando que la cantidad reclamada no ascendía a 9.000 euros, sino a 7.000 euros. Del citado escrito se dio traslado a la parte ejecutante, la cual por medio de escrito de fecha 13 de junio de 2013 reconoce que la cantidad adeudada asciende a 7.000 euros.

Por todo ello se acuerda que la cantidad por la que se despacha ejecución en las presentes actuaciones queda reducida a 7.000 euros en concepto de principal, más 700 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de su ulterior liquidación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2509/0000/00/0435/12.

Lo manda y firma su señoría ilustrísima.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 20 de junio de 2013.

Lo extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer contar que la cantidad de 7.000 euros ha sido consignada en la cuenta de este Juzgado, procediéndose por tanto a la suspensión de la presente ejecución.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 20 de junio de 2013.

Hágase entrega a la ejecutante de la cantidad de 7.000 euros en concepto de principal.

Practíquese por la secretaria judicial la liquidación de los intereses legales devengados en las presentes actuaciones y acuérdese el levantamiento de los embargos adoptados en el presente procedimiento, librándose a tal efecto los oficios oportunos.

Practicada la misma, dese traslado a las partes, haciéndoles saber que en el plazo de diez días puedan impugnarla por escrito ante este Juzgado. Pasado dicho placo, se entenderá aprobada sin ulterior recurso.

Asimismo, practíquese por la secretaria tasación de costas, a cuyo efecto requiérase a las pare demandante para que en el plazo de cinco días inste lo que a su derecho convenga, presentando en su caso todos los justificantes que estime oportunos de gastos de esta fase de ejecución. Adviértasele que, conforme el artículo 244.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, una vez acordado el traslado a que se refiere el apartado primero de dicho artículo, no se admitirá la inclusión o adición a la misma de partida alguna, sin perjuicio de su derecho para reclamarla (si le conviene) de quién y cómo corresponda.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pack Express Servicios Generales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.096/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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