Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131126-50

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Control de la Edificación

Servicio de Disciplina Urbanística

Unidad Jurídica

50
Notificación resolución multa coercitiva

Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/32192, contra V. B., de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Francisco Álvarez, número 56, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/21739, contra propietarios de la finca, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Esperanza, número 3, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/20101, contra propietarios, de 24 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Ave María, número 23, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/20088, contra propietarios de la finca, de 24 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Atocha, número 14, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/27117, contra Hermandad de la Buena Dicha, con CIF número G-79967865, de 4 de febrero de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Silva, número 21, A, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/30818, contra E. L. F., con DNI número 00117044-C, de 6 de junio de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Robles, número 9, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/19912, contra R. F. G., con DNI número 001157926-Z, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Alarico, número 55, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/02318, contra E. P. Q., con DNI número 02812022-L, de 4 de junio de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Antonio Machado, número 9, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/26654, contra M. S. M., con DNI número 01969436-S, de 19 de febrero de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Antoñita Jiménez, número 17, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/02331, contra F. H. V, con DNI número 32276502-G, de 4 de junio de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Aracena, número 1, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/08109, contra S. G. L., con DNI número 00439214-Y, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Arganzuela, número 3, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/07390, contra “Adabayo, 2007, Sociedad Limitada”, con CIF número B-85026946, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Barco, número 1, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/26618, contra M. V. V., con DNI número 00090859-D, de 27 de agosto de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Alcalá, número 84, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/08136, contra propietarios de la finca, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Andrés Mellado, número 61 B, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/20486, contra comunidad de propietarios de la finca, con CIF número H-79751335, de 7 de junio de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Buenavista, número 14, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/20680, contra “Carcome, Sociedad Anónima”, con CIF número A-78150042, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Cabeza, número 29, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/21011, contra M. A. A., con DNI número 20270110-A, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Cava Baja, número 31, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/21044, contra I. C. A., con DNI número 01307533-Y, de 24 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Comandante Fortea, número 72, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/08138, contra propietarios de la finca, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Doctor Vallejo Nájera, número 4, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/31168, contra “Proinsagreg, Sociedad Limitada”, con DNI número B-83433805, de 6 de junio de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle San Vicente Ferrer, número 54, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/19629, contra S. R. F., con DNI número 00640576-A, de 7 de junio de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Tracia, número 17, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/03199, contra R. S. B., con DNI número 19742048-K, de 29 de agosto de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle San Norberto, número 7, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/25038, contra J. D. F., con DNI número 00094404-N, de 19 de febrero de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Marqués de Valdecilla, número 25, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/02693, contra “J. Julián Romero Consulting, Sociedad Limitada”, con CIF número B-18355347, de 6 de junio de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Fuentemilanos, número 5, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2013/01613, contra “Bankinbec, Sociedad Anónima”, con DNI número A-28752756, de 4 de junio de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Antonio Zapata, número 7, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/20258, contra A. M. J., con DNI número 23477190-D, de 19 de octubre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Bahía, número 38, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/26554, contra “Lape, Sociedad Anónima”, con CIF número A-28657880, de 19 de febrero de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Gascueña, número 25, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 1.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/18861, contra A. I. M., con DNI número 001139072-C, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Josefa Honrado, número 6, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/19634, contra “Lape, Sociedad Anónima”, con DNI número A-28657880, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Tauro, número 33, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/20756, contra G. B. S., con DNI número 00831277-B, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Campaña, número 5, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/18158, contra T. B. H., con DNI número 01736181-A, de 19 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Eulogio Pedrero, número 30, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de expediente de multa coercitiva número 711/2012/18874, contra V. F. U., con DNI número 14125125-C, de 24 de septiembre de 2013, por haberse cometido una infracción urbanística al no haberse presentado en plazo el acta de inspección técnica del inmueble sito en la calle Lamiaco, número 34, dentro del plazo legalmente establecido de conformidad con el artículo 23 de la OCRERE, por lo que se impone una multa de 2.000 euros.

Significándole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que, contra la misma de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contenciosos-Administrativo y de reposición en el plazo de un mes ante la coordinador general de Gestión Urbanística Vivienda y Obras.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, significando, no obstante, que el contenido de la notificación de la resolución podrá ser consultada por el interesado en el plazo de un mes desde la publicación de la misma, personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle de Ribera del Sena, número 21.

De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del mismo.

Madrid, a 8 de noviembre de 2013.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.

(01/3.475/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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