Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
21-11-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131121-228

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 3

228
Procedimiento 70 de 2013

EDICTO

Doña Natividad Ruiz-Rico Ruiz-Morón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 70 de 2013, a instancias de la parte actora don Antonio López López, contra el Fondo de Garantía Salarial y “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 1 de febrero de 2013 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio López López, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en reclamación por cantidad, debo condenar y condeno a la demandada al abono al actor de la cantidad de 4.401,21 euros por los conceptos ya reseñados, más el 10 por 100 en concepto de mora, todo ello sin pronunciamiento alguno, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos en que legalmente proceda.

Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de suplicación conforme al artículo 191 de la Ley de la Jurisdicción Social para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Granada, anunciándolo ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Caso de que el recurrente sea la demandada deberá ingresar al anunciar recurso conforme establecen los artículos 229 y 230 de la Ley de la Jurisdicción Social la cantidad a que se le condena en la cuenta corriente número 2047000065007013 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, en cualquier oficina y, además, deberá depositar la cantidad de 300 euros que deberán ser ingresados en la cuenta corriente número 2047000089007013 de la misma entidad. Si los ingresos se efectúan mediante transferencia se hará al número 0030/1846/42/0005001274 (“Banesto”), debiendo hacer constar en el epígrafe “Beneficiario” Juzgado de lo social número 3 de Jaén y en “Observaciones” el número de cuenta corriente de este Juzgado que se ha reseñado en el párrafo anterior.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID , con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.965/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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