Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2013

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131118-102

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

OTROS ANUNCIOS

102
Notificación procedimiento revocación autorizaciones

De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, intentada sin efecto la notificación personal a los interesados, se procede a realizar la misma por medio de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los siguientes actos administrativos recaídos en los procedimientos que se indican:

Procedimientos de revocación autorizaciones venta ambulante en mercadillo semanal (expte. sec. 14/2012):



Los acuerdos citados son actos de mero trámite, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no cabe impugnarlo en vía administrativa, salvo que los interesados entiendan que deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, y sin perjuicio de la posibilidad de alegar la oposición a dichos actos de trámite para su consideración en la resoluciones que pongan fin a los respectivos procedimientos, y de hacer uso de los medios de recursos y medios de impugnación que a su interés convenga y el derecho pueda prever.

Las resoluciones son actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa, y los mismos podrán impugnarse mediante recurso de reposición, con carácter potestativo, o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en base a lo dispuesto en el artículo 116.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero. La interposición del recurso de reposición se efectuará al órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a partir del siguiente de la recepción de la presente notificación, en el cual se entenderá desestimado si en el plazo de un mes no recibe notificación alguna. El recurso contencioso-administrativo podrá interponerse ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de día siguiente a la recepción de la presente notificación. Todo ello sin perjuicio de que puedan ser ejercitados todos aquellos recursos que estime oportunos.

El texto íntegro de los actos administrativos y los procedimientos administrativos a que se refieren podrán consultarse en dependencias de la Secretaría del Ayuntamiento de Nuevo Baztán en horario de atención al público.

En Nuevo Baztán, septiembre de 2013.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez.

(02/6.656/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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