Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131118-65

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

65
Ordenanza de movilidad

Vista la solicitud efectuada por el Área de Seguridad y según lo preceptuado en el artículo 135 de la ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Collado Villalba, que establece:

“(…) La cuantía de la multa será fijada por el alcalde o el órgano en que delegue mediante la aprobación de un cuadro de infracciones e importe de sanciones según las tipificaciones establecidas en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico y en el Reglamento General de Circulación”.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, y de conformidad con las competencias que al efecto me otorga el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, vengo en decretar:

Primero.—Aprobar el cuadro de sanciones de la ordenanza reguladora de movilidad y seguridad vial cuyo contenido es el siguiente:









Segundo.—Del contenido de este decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo manda y firma el alcalde-presidente en Collado Villalba, a 31 de octubre de 2013”.

Collado Villalba, a 4 de noviembre de 2013.—El alcalde, Agustín Juárez López de Coca.

(03/35.710/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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