Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131112-117

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

117
Procedimiento 235 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 235 de 2013-LM de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Gámez Pérez y don Omar Sefiani, frente a “Axidco Decoración, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda de los dos actores, y declaro la improcedencia de cada uno de sus despidos.

Asimismo, declaro extinguida la relación laboral entre las partes, con fecha de efectos de esta sentencia, teniendo por hecha la opción por la indemnización, al ser imposible la readmisión.

Asimismo, declaro debidas las cantidades reclamadas por cada uno de los dos trabajadores por conceptos salariales.

En consecuencia, condeno a la demandada, “Axidco Decoración, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone a:

Don Omar Sefiani: la cantidad de 4.871,13 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 5.294,94 euros brutos en concepto de liquidación salarial.

Don Enrique Gámez Pérez: la cantidad de 17.949,91 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 8.282,88 euros brutos en concepto de liquidación salarial.

Declaro la mora de la empresa y a estas dos últimas cantidades se les incrementará el 10 por 100 de interés moratorio desde la fecha de esta sentencia hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que responderá de las anteriores cantidades hasta el límite legal. A dicho organismo no se extiende la declaración de mora.

Esta sentencia podrá ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado anunciando la interposición del recurso.

Junto con el anuncio de recurso deberá justificar la consignación del depósito de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 2510 en la oficina de “Banesto”, que se encuentra en la primera planta del edificio de estos Juzgados. Asimismo, si el recurrente no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita, deberá acreditar al anunciar el recurso de suplicación haber consignado en la entidad bancaria señalada, y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario, de duración indefinida y pagadero al primer requerimiento, emitido por entidad de crédito.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Se advierte a la empresa demandada, en caso de recurso, que ha de cumplimentar la autoliquidación de las tasas conforme a la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, de Tasas (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de diciembre de 2012), y la orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 15 de diciembre de 2012), con las modificaciones del Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de febrero de 2013).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Axidco Decoración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.821/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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