Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131112-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 2

98
Procedimiento 62 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de divorcio contencioso número 62 de 2013 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 95 de 2013

En Getafe, a 30 de septiembre de 2013.—Vistos por doña Francisca Gracia Martín Bermejo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Getafe, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos con el número 62 de 2013, a instancias de la procuradora doña Inés María Álvarez Godoy, en nombre y representación de don Pablo Rivera Martín, contra doña Joba María del Carmen Buele Peñarreta, en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda de divorcio formulada por don Pablo Rivera Martín, contra doña Joba María del Carmen Buele Peñarreta, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio de los mismos por causa de divorcio, así como la disolución del régimen económico matrimonial, con las siguientes medidas:

1. Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.

2. Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.

3. Cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, salvo pacto en contrario.

No se hace expresa condena en costas.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Joba María del Carmen Buele Peñarreta se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Getafe, a 11 de octubre de 2013.—El secretario (firmado).

(03/34.108/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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