Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131108-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

71
Plan Especial calle Fuencarral, número 81

Expediente: 711/2013/03723.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial para el edificio sito en la calle Fuencarral, número 81, Distrito de Centro, promovido por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—Dar traslado a los interesados de este acuerdo advirtiéndoles de que los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando de que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de 13 de julio de 1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las ordenanzas del Plan Especial de referencia:

Normas

Régimen de obras: además de las obras permitidas en el Plan General de Ordenación Urbana admitidas en el artículo 4.3.12 de las Normas Urbanísticas del Plan General para los edificios protegidos edificios con nivel 1 de protección, grado singular, mediante este Plan Especial se regula la ampliación de la edificabilidad en el 10 por 100 de la existente, que se desarrollará en la planta semisótano del edilicio mediante la disposición de entreplanta.

Régimen de usos: para todo lo no contemplado en el presente Plan Especial serán de aplicación las condiciones generales de los títulos IV, VI y VII, del Plan General de Ordenación Urbana y todo lo que haga referencia a la Norma Zonal I

Madrid, a 8 de octubre de 2013.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/7.382/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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