Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2013

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131108-99

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

OTROS ANUNCIOS

99
Limpieza parcelas

Expediente número: 25.03.31/2013/0056.

Por la presente le notifico en el cuarto teniente de alcalde, por delegación de Alcaldía de 11 de abril de 2013, con fecha 9 de octubre de 2013, ha dictado la resolución que, a continuación, se transcribe literalmente:

«ANTECEDENTES

Primero.—Con fecha 11 de julio de 2013 la Oficina Técnica Municipal constata la necesidad de proceder a la limpieza de las parcelas de hierbas y maleza por toda su extensión, así como papeles, cartones, etcétera, sitas en la avenida de Castilla-La Mancha, números 11, 15 y 17, de esta municipio, propiedad de “Mariland Implant, Sociedad Limitada”.

Segundo.—La providencia del concejal-delegado de Urbanismo, de 11 de julio de 2013, acuerda la incoación del pertinente procedimiento que se pone de manifiesto al interesado para la formulación de alegaciones.

Concluida la instrucción del presente procedimiento proponemos su resolución conforme a los siguientes fundamentos de derecho:

El artículo 168 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, establece que “Los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, a fin, de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo”.

El artículo 170 de la misma norma preceptúa que “1. Los Ayuntamientos deberán dictar órdenes de ejecución de obras de reparación o conservación y rehabilitación de edificios y construcciones deterioradas o en condiciones deficientes para su uso efectivo legítimo…”.

A su amparo, resuelvo:

Primero.—Ordenar al propietario de las parcelas sitas en la avenida de Castilla-La Mancha, números 11, 15 y 17, la limpieza de hierbas y maleza por toda su extensión, así como papeles, cartones, etcétera, en un plazo máximo de diez días, a contar desde el siguiente al de notificación de la presente resolución.

Segundo.—Apercibir al interesado de que el incumplimiento de la orden que antecede dará lugar a la ejecución subsidiaria a su costa.

Tercero.—Notificar la presente la presente resolución, significando que la misma es definitiva en vía administrativa, pudiendo ser impugnada, potestativamente, en reposición ante esta Alcaldía, en el plazo máximo de un mes a contar desde su notificación, o bien, directamente, mediante la presentación de un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación».

Villanueva de la Cañada, a 9 de octubre de 2013.—El alcalde, Luis Manuel Partida Brunete.

(02/7.355/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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