Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131108-284

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 1

284
Procedimiento 672 de 2013

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN

Doña Verónica Iglesias Suárez, secretaria judicial de este Juzgado de lo social número 1 de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento número 672 de 2013 en materia de resolución contrato, a instancias de doña Raquel Hernández España, doña Silvia Gómez Ledesma y don Raico Gerardo López Gallardo, contra “Hermanos Alonso Garrán, Sociedad Limitada”, “Sistemas Territoriales Integrados, Sociedad Limitada”, “Domus Madrid, Sociedad Limitada”, “Vicoghersa Dos Castillas, Sociedad Limitada”, “Tiedra Part, Sociedad Limitada”, “Arnáez Montila, Sociedad Limitada”, Instituto Canario de la Vivienda, Fondo de Garantía Salarial y “Visocan, Sociedad Limitada”, por su señoría se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Decreto

Admitir a trámite la demanda interpuesta por doña Raquel Hernández España, doña Silvia Gómez Ledesma y don Raico Gerardo López Gallardo, contra “Hermanos Alonso Garrán, Sociedad Limitada”, “Sistemas Territoriales Integrados, Sociedad Limitada”, “Domus Madrid, Sociedad Limitada”, “Vicoghersa Dos Castillas, Sociedad Limitada”, “Tiedra Part, Sociedad Limitada”, “Arnáez Montila, Sociedad Limitada”, Instituto Canario de la Vivienda y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido y darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única pero sucesiva convocatoria para los actos de conciliación, si procediera, y, en su caso, de juicio, el primero ante la secretaria judicial que suscribe, el segundo ante este órgano judicial, para lo cual se señala el 26 de marzo de 2014, a las diez y treinta horas, que tendrán lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado, sita en avenida Tres de Mayo, número 24 (edificio Filadelfia), de esta ciudad, y una vez prestada conformidad por el ilustrísimo señor don Juan Manuel Fernández Pérez de este órgano judicial, hágase entrega a la demanda de copia de la demandada y documentos acompañados y de la cédula de citación o en su defecto sirviendo la notificación del presente y entrega de su copia de citación en legal forma.

Dese traslado al ministerio fiscal. Se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días especifique la cantidad en bruto que reclama, bajo apercibimiento en caso contrario de proceder al archivo de las actuaciones.

Se advierte a las partes que deben concurrir con lo medios de pruebas de que intenten valerse, no suspendiéndose el juicio por la incomparecencia de la demanda citada en forma, en cuyo caso se le declarará en rebeldía sin necesidad de previa declaración y previniéndose a la demandante, que si no comparece ni alega causa justa, que motive la suspensión del juicio, se la tendrá por desistida de su demanda.

Se pone en conocimiento de las partes y de los letrados y graduados sociales que las representen o asistan que, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 268.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deberán aportar al acto de juicio documentos originales o mediante copia autentificada por fedatario público cuando esos documentos pertenezcan a la parte.

Cuando se trate de sentencias u otras resoluciones judiciales, deberán aportarse debidamente certificadas y testimoniadas, con expresión de firmeza, en su caso.

Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del juicio, por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Representacion/asistencia: se tiene por anunciada por la parte actora asistencia letrada para asistir al juicio.

Interesadas diligencias de preparación de la prueba a practicar en juicio, dese cuenta al ilustrísimo señor magistrado-juez de este órgano para resolver lo procedente.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de tres días ante esta secretaria judicial, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Así lo acuerda y firma, doña Verónica Iglesias Suérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Santa Cruz de Tenerife.—Doy fe.

Dada cuenta a los otrosí de la demanda, se tienen por hechas las manifestaciones:

— Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen.

— Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora en su demanda.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado y para que sirva de notificación en legal forma a “Domus Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Santa Cruz de Tenerife, a 18 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.746/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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