Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2013

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131106-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2013, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del Acuerdo de Inicio del procedimiento sancionador INIF 307/13 y de las Órdenes sancionadoras y escritos de información de pago voluntario de los procedimientos sancionadores INIF 79/13 e INIF 107/13.

Resultando infructuosos los intentos de notificación de los actos administrativos emanados de los procedimientos sancionadores citados en el encabezamiento y que figuran en el Anexo, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo, con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal, por entender que la publicación íntegra de los escritos lesionaría los derechos o intereses legítimos de los interesados.

ANEXO

ACUERDO DE INICIO DEL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS, DE INCOACIÓN DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

Requerido y último domicilio conocido. — Expediente. — Objeto del requerimiento

Guarderías Mi Casita, Sociedad Limitada, con domicilio en la calle Valencia, número 13, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid). — INIF 307/13. — Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador de 2 de septiembre de 2013.

Frente al Acuerdo de Inicio, de acuerdo con el artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, el interesado podrá formular alegaciones en el plazo de quince días hábiles, aportar cuantos documentos estime convenientes y solicitar, en su caso, la práctica de prueba, mediante escrito dirigido al Servicio de Apoyo Jurídico de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

ÓRDENES DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Y ESCRITOS DE INFORMACIÓN DE PAGO VOLUNTARIO

Requerido y último domicilio conocido. — Expediente. — Objeto del requerimiento

Antonio García Andreu, con domicilio en la calle Fresno, número 37, 28810 Villalbilla (Madrid). — INIF 79/13. — Orden sancionadora del Consejero de Economía y Hacienda, de 30 de septiembre de 2013, y escrito de información de pago voluntario de 1 de octubre de 2013.

Julio Alberto Encarnación Figuereo, con domicilio en la calle Arquitectura, número 30, segundo piso, puerta 5, 28005 Madrid. — INIF 107/13. — Orden sancionadora del Consejero de Economía y Hacienda, de 30 de septiembre de 2013, y escrito de información de pago voluntario de 30 de septiembre de 2013.

Los importes de las sanciones deberán hacerse efectivos por ingreso directo, bien en metálico o bien en talón conformado a nombre de la Comunidad de Madrid en la Caja General de Depósitos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, sita en la plaza de Chamberí, número 8, primera planta, en los plazos establecidos en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Contra las Órdenes cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses.

Frente a los escritos de información de pago voluntario de las sanciones, y a partir del inicio del período voluntario para el pago, podrá interponerse conforme se dispone en los artículos 222 y 227 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, recurso potestativo de reposición ante el Director General de Industria, Energía y Minas, o directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Los plazos indicados se contarán a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones efectuadas, informando a los interesados de que los expedientes administrativos se encuentran en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, Servicio de Apoyo Jurídico, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, sexta planta, 28016 Madrid.

Lo que se hace público, a la vez que se informa a los interesados de que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Dada en Madrid, a 21 de octubre de 2013.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(01/3.206/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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