Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131105-86

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

86
Juicio 704 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 704 de 2012, promovido por don Byron Camino de Eugenio, don Borja Camino de Eugenio y doña Adela de Eugenio Milán, sobre materias laborales individuales.

Persona que se cita: “Transportes Matosur, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Transportes Matosur, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta segunda, el día 8 de enero de 2014, a las nueve y quince horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Auto

En Madrid, a 9 de octubre de 2013.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación al caso de autos,

Dispongo: Que procede declarar la nulidad de las actuaciones practicadas desde el momento posterior a la admisión a trámite de la demanda, dejando las mismas sin efecto incluido el acto de juicio y la sentencia dictada y retrotrayendo las actuaciones al momento de dicha admisión a trámite de la demanda, acordando citar nuevamente a las partes con las prevenciones y apercibimientos legales para la celebración de los actos de conciliación y juicio, que tendrán lugar el día 8 de enero de 2014, a las nueve y quince horas.

Asimismo, se tiene a la parte actora por desistida respecto de la entidad “V &T Activa, Sociedad Limitada”, manteniendo la demanda sólo frente a la entidad “Transportes Matosur, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso.

Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid, a 16 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Ana María Ruiz Tejero.

(03/34.188/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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