Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2013

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131105-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

65
Modificación Reglamento Aparcamientos Públicos

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2013, por mayoría de los presentes, que representa la mayoría absoluta legal de miembros de la Corporación, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación/subsanación del Reglamento Municipal Regulador de los Aparcamientos Públicos en parcelas de equipamiento del Ayuntamiento de Valdemoro, según se establece en el anexo que se une:

1. Se modifica el título del Reglamento, que queda redactado como sigue:

REGLAMENTO REGULADOR DE LOS APARCAMIENTOS PÚBLICOS EN PARCELAS DE EQUIPAMIENTO DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

2. Se modifica el párrafo 1 y 2 del artículo 1, que queda redactado:

“El presente Reglamento tiene por objeto ordenar y reglamentar el funcionamiento del Servicio de Aparcamiento Público del Ayuntamiento de Valdemoro y regular las relaciones entre la futura sociedad, los titulares de la gestión de estos aparcamientos y los usuarios, determinando sus respectivos derechos, deberes y obligaciones básicas.

El ámbito de aplicación de la presente ordenanza es el término municipal de Valdemoro, estando obligado a su cumplimiento todos los aparcamientos públicos”.

3. Artículo 2: “La gestión del servicio público municipal de aparcamiento de turismos y camiones podrá llevarse a cabo por cualesquiera de los modos de gestión previstos en la legislación vigente”.

4. Artículo 59, se redacta como sigue: “La conservación, mantenimiento y limpieza de los aparcamientos será responsabilidad municipal o de la entidad encargada a su efecto. El Ayuntamiento o la sociedad gestora incluirá las instalaciones objeto de prestación del servicio en la póliza del seguro de multirriesgo industrial, a fin de garantizar las coberturas básicas”.

5. Se incorpora una disposición derogatoria, con el siguiente texto:

“DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A partir de la entrada en vigor de este Reglamento quedan derogadas todas las ordenanzas y reglamentos anteriores referentes a la gestión y uso de los aparcamientos municipales que se opongan o contravengan a lo establecido en el presente Reglamento, en especial lo recogido en la ordenanza reguladora de la utilización del aparcamiento municipal para vehículos industriales y el Reglamento Interno de explotación del Aparcamiento de Valdemoro (Aparcamiento Ferroviario Disuasorio)”.

Segundo.—Someter dicho documento a información pública, con publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios del Ayuntamiento y un periódico de gran circulación por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.

Tercero.—Facultar al alcalde-presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

Valdemoro, a 10 de octubre de 2013.—El alcalde, José Carlos Boza Lechuga.

(03/33.946/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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