Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131102-48

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

48
Procedimiento 632 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 632 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Pérez Miguel, frente a “Capgemini España, Sociedad Limitada Unipersonal”, “General Technologies Consulting, Sociedad Limitada”, y “Jazz Telecom, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 3 de octubre de 2013, en los términos siguientes:

Con carácter previo, el trabajador desiste de la acción frente a “General Technologies Consulting, Sociedad Limitada”, y “Capgemini España, Sociedad Limitada Unipersonal”.

La empresa “Jazz Telecom, Sociedad Anónima”, reconoce la improcedencia del despido, con fecha de efectos de 15 de abril de 2013, y ofrece la cantidad de 37.000 euros netos en concepto de indemnización, cantidad que será abonada en el plazo de cuarenta y ocho horas, en la cuenta bancaria del trabajador cuya numeración es la siguiente: 1465/0100/ 94/1711430586.

El trabajador acepta y manifiesta que con el percibo de dicha cantidad se declara saldado y finiquitado, no teniendo nada más que reclamar.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2512/0000/61/0632/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “General Technologies Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.700/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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