Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131102-17

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

17
Procedimiento 119 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento número 119 de 2011 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 25 de septiembre de 2013.—Vistas por mí, doña Ana Belén López Otero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, las presentes actuaciones de juicio verbal tramitadas con el número 119 de 2011, en las que han intervenido, como demandante, doña Andreína Vallones Tavárez Martínez, representada por el procurador de los tribunales señor Martínez de Lejaranza y asistida por la letrada señora Pérez Prida, y como demandado, don Renzo Wandel de León, en situación de rebeldía procesal; interviniendo, asimismo, el ministerio fiscal ejerciendo las funciones que la Ley le asigna, en virtud de las siguientes consideraciones:

Dispongo: Estimar parcialmente la demanda interpuesta por doña Andreína Vallones Tavárez Martínez, frente a don Renzo Wandel de León, y en consecuencia, se fijan como medidas para la regulación de las relaciones paterno filiales de la hija menor habida en común las siguientes:

1.o La guarda y custodia de la hija menor habida en común, Rocío, se atribuye a doña Andreína Vallones Tavárez Martínez, la cual ostentará, asimismo, el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

2.o El progenitor no custodio podrá tener en su compañía a su hija menor los sábados alternos desde las diez a las trece horas, correspondiendo al progenitor paterno recoger y retornar a la menor en el domicilio en el que reside con la madre.

3.o El señor Wandel de León contribuirá en concepto de pensión alimenticia para su hija menor en la suma de 100 euros mensuales, suma que ingresará en el cuenta corriente o de ahorro que designe el padre los cinco primeros días de cada mes. La referida suma se actualizará anualmente de acuerdo con la variación del índice de precios al consumo, debiendo tener lugar la primera actualización el 1 de enero de 2014. Los gastos extraordinarios serán sufragados por los dos progenitores, haciéndole en un 50 por 100.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Renzo Wandel del León Noboa, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2013.—El secretario (firmado).

(03/32.741/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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