Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
01-11-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131101-14

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

14
Ejecución 247 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 247 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar Codeseira Campazas, frente a don Rachid el Bousikhani, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones de fechas 23 de diciembre de 2011 y 2 de octubre de 2013 siguiente:

Habiéndose presentado escrito de la Delegación del Decanato de los Juzgados de lo social de Madrid en fecha 29 de noviembre de 2011 por doña María del Mar Codeseira Campazas, se une; y acuerdo:

A los efectos de la tramitación de la presente jura de cuentas, y conforme a lo prevenido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a don Rachid el Bousikhani en la forma legalmente establecida para que consigne en el plazo de diez días en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2500/0000/00/1376/11 la cantidad de 2.183 euros en concepto de honorarios profesionales de la letrada doña María del Mar Codeseira Campazas, con la advertencia que de no hacerlo en el referido plazo ni ser impugnada por indebida o excesiva se seguirá la vía de apremio sobre bienes de su propiedad.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, ante el secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Por recibido devuelto diligencia de notificación del Servicio Común de Actos de Comunicación y Ejecución de Madrid en fecha 1 de octubre de 2013, se unen a los autos de su razón, y acuerdo:

Resultando negativa la diligencia de notificación intentada y no constando ningún otro domicilio en el que poder requerir de pago a don Rachid El Bousikhani, procédase a notificar conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

No constando en las actuaciones la notificación de la diligencia de ordenación de fecha 23 de diciembre de 2011 a la parte ejecutada, se procede a su notificación conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Rachid El Bousikhani, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.289/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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