Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2013

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131031-149

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON ALEJANDRO RUIZ-AYÚCAR SEIFERT

149
Procedimiento extrajudicial ejecución hipotecaria

Don Alejandro Ruiz-Ayúcar Seifert, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Colmenar Viejo, con despacho en dicha villa, 28770 Madrid, calle Real, número 5, primero.

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número de expediente provisional 2/2013, de la siguiente finca:

Urbana.—Número 10. Vivienda planta tercera, cuarta de construcción, señalada con la letra A de la casa sita en Colmenar Viejo (Madrid), calle Sierra de Guadarrama, número 2, con vuelta a la calle de María de las Nieves, que tiene su entrada por la calle Sierra de Guadarrama.

Se compone de varias habitaciones y dependencias. Tiene una extensión superficial de 78 metros cuadrados.

Linda: por la derecha, entrando, con la vivienda de esta planta letra B; izquierda, con la calle María de las Nieves; espalda, con la calle Sierra de Guadarrama, y frente, con descansillo y hueco de escalera y con el piso de esta planta letra C.

Cuota: tiene un porcentaje en el valor total del edificio y gastos generales del 6,77 por 100.

Referencia catastral: es la número 4709202VL304N0010TB.

Inscripción: Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo número 1 al tomo 620, libro 207, folio 128, finca 16.354.

Y que, procediendo a subasta de dicha finca, esta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones, conforme a los artículos 234 a 236 del Reglamento Hipotecario y el Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipotecarios sin Recursos:

Tendrá lugar en mi notaría, en única subasta, el día 3 de diciembre de 2013, a las diez horas de la mañana, siendo el tipo señalado para subasta el de 191.420,00 euros. Si la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por 100 de dicho tipo, podrá el deudor presentar, en plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por 100 del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido dicho plazo sin que el deudor realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir en el plazo de cinco días la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60 por 100 del valor de tasación.

Si el acreedor no usare esa facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por 100 del valor de tasación, o siendo inferior, cubra al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.h) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la propia notaría, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada, y que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores, a excepción del acreedor, deberán consignar previamente en la cuenta 0182.2072.28.0201534505 y justificar tal ingreso en la cuenta abierta en la sucursal 2072 del “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, sito en la calle Madrid, número 2, urbanización “Los Arcos”, de Colmenar Viejo, designada a tal efecto una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda: podrá hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta; solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

En Colmenar Viejo, a 3 de octubre de 2013.—El notario, Alejandro Ruiz-Ayúcar Seifert.

(02/7.487/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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