Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
30-10-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131030-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5

172
Ejecución 171 de 2012

EDICTO

Doña María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de A Coruña.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 171 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Fanego García, contra las empresas “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, y “Glamour, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto en el día de la fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo:

a) Declarar a las ejecutadas “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, y “Glamour, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.551,60 euros, que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Hacer entrega de testimonio de la sentencia, de la notificación de la misma y del decreto de insolvencia a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 4757/0000/ 64/0171/12 en “Banesto”. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nueva Grifería 2000, Sociedad Limitada”, y “Glamour, Sociedad Limitada”, se expide el presente y se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se cuando se trate de emplazamiento.

En A Coruña, a 26 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.215/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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