Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131029-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

96
Procedimiento ordinario 441 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 441 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Jesusa Margarita Pérez Casas, frente a “EME Compañía de Seguridad e Ingeniería y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Que estimando como estimo la demanda presentada por doña Jesusa Margarita Pérez Casas, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de 5.490,75 euros de principal, más los intereses legales.

Que debo absolver y absuelvo a la empresa “EME Compañía de Seguridad e Ingeniería y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, de las pretensiones planteadas en su contra por la demandante.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “EME Compañía de Seguridad e Ingeniería y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.138/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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