Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131024-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

103
Procedimiento Seguridad Social 1.054 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.054 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Lola León, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 4 de octubre de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Óscar Lola León, frente a Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Nacional de la Seguridad Social, que se sustanciará por las reglas de la demanda.

2. Se señala para el acto de juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 21 de noviembre de 2013, a las nueve horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días hábiles amplíe la demanda contra la empresa y contra la mutua que cubra las contingencias derivadas de accidente de trabajo, bajo apercibimiento de archivo.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Manuel M. Toaquiza Brito, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.916/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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