Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131024-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 2

88
Juicio de faltas 692 de 2012

EDICTO

Doña Rosa María de Paz Gómez, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 692 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Madrid, a 1 de octubre de 2012.—Vistos por el ilustrísimo señor don Arturo Zamarriego Fernández, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 692 de 2012, contra don José María García Rubio, no compareciente, defendido por la letrada doña Mélany González Vela, por una falta contra el orden público y una falta de respecto y desobediencia a la autoridad, con la intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Condeno a don José María García Rubio, como autor de una falta de respeto a la autoridad, a la pena de multa de quince días, con una cuota diaria de 3 euros, y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Además, deberá abonar las costas procesales devengadas en esta instancia.

Esta sentencia es recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, recurso que habría de presentarse en la Secretaría de este Juzgado de instrucción en el término de cinco días.

Así por este mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José María García Rubio, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 24 de septiembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/32.509/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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