Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131024-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

81
Ordinario número 1.868 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 1.868 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 24 de mayo de 2011.—Vistos por don Ángel L. Ramos Muñoz, magistrado-juez sustituto de primera instancia del número 67 de los de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad tramitados con el número 1.868 de 2010, a instancias de “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Bajo Abril y asistida de la letrada doña Silvia Bahamonde, contra don Omar Stalin Simbaña Díaz y contra doña Guadalupe de las Mercedes Maldonado Peñaherrera, representada esta por el procurador señor Blanco Blanco y asistida del letrado don Benjamín Rojo, se ha dictado la presente en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda presentada por “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, contra don Omar Stalin Simbaña Díaz y doña Guadalupe de las Mercedes Maldonado Peñaherrera, todos ellos con la representación y asistencia ya citadas,

1.o Debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la demandante la cantidad de 29.845,73 euros.

2.o Debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la demandante los intereses de la anterior cantidad desde la fecha de interposición de la demanda monitoria.

3.o Debo imponer e impongo el pago de las costas del procedimiento a los demandados.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Omar Stalin Simbaña Díaz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 24 de enero de 2012.—El secretario (firmado).

(02/7.292/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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