Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131024-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49

78
Procedimiento ordinario 1.537 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 1.537 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 207 de 2012

En Madrid, a 17 de septiembre de 2012.—Vistos por mí, doña Amelia Reillo Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid, los autos correspondientes al juicio ordinario, que fueron registrados bajo el número 1.537 de 2011, instado por “Pelayo, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija”, representada por el procurador don Julio Antonio Tinaquero Herrero y asistida por el letrado don Francisco Gerardo de la Puente Ortas, contra don Francisco Camba Fernández, y atendiendo al siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Julio Antonio Tinaquero Herrero, en nombre y representación de “Pelayo, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija”, contra don Francisco Camba Fernández y, en su virtud, debo condenar y condeno al demandado don Francisco Camba Fernández a que abone a la parte actora la cantidad de 31.060,84 euros, más intereses legales y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, se interpondrá ante este tribunal en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación a las partes, y que se sustanciará ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la Instrucción 8/2009, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes la necesidad de constituir depósito conforme al punto 3 de la citada Ley Orgánica y con la advertencia del punto 7 de la misma.

Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias y autos definitivos de este Juzgado, dejando testimonio literal del mismo en las actuaciones.

Una vez que sea firme esta resolución y se haya ejecutado lo en ella acordado procédase al archivo de las presentes actuaciones, previas las anotaciones correspondientes en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Francisco Camba Fernández se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 17 de julio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/6.016/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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