Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131024-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

149
Ejecución 21 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 21 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Joel González Núñez, frente a “Café Bailén, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se estima la impugnación de la tasación de costas practicada por la secretaria de este Juzgado y, en consecuencia, se modifica la misma en el sentido de que los honorarios del letrado don Alberto Martín García ascienden a la cantidad de 1.043,25 euros, más el impuesto sobre el valor añadido, total 1.262,33 euros.

Póngase a disposición de dicho letrado la cantidad de 287,20 euros en concepto de parte de honorarios mediante mandamiento de devolución, una vez firme la presente resolución.

Faltando por satisfacer la cantidad de 975,13 euros en concepto de resto total de honorarios, y encontrándose la deudora en paradero desconocido, se acuerda el embargo de los saldos que la ejecutada “Café Bailén, Sociedad Limitada”, tenga a su favor en las entidades bancarias en cantidad suficiente para cubrir la citada cantidad. Practíquese a través del Punto Neutro Judicial.

Asimismo, se acuerda el embargo de las devoluciones tributarias que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada en cantidad suficiente para cubrir dicha cantidad. Practíquese a través del Punto Neutro Judicial.

Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2516/0000/64/0021/11.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Café Bailén, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.614/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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