Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
19-10-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131019-48

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

48
Ejecución 24 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 24 de 2013 (demanda 988 de 2012) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Tomás Menéndez Carrillo frente a “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se han dictado diligencia de ordenación de fecha 24 de julio de 2013 y diligencia de ordenación de fecha 19 de septiembre de 2013 del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 24 de julio de 2013.

Visto el estado de las presentes actuaciones, habiendo adquirido firmeza el decreto de fecha 24 de mayo de 2013, se acuerda expedir testimonios de la sentencia de fecha 20 de diciembre de 2012, del auto de fecha 5 de febrero de 2013 despachando ejecución, del auto de fecha 5 de marzo de 2013 de extinción de la relación laboral, del auto de fecha 10 de abril de 2013 de ampliación de la ejecución y del decreto de fecha 24 de mayo de 2013 de insolvencia, con expresión de su firmeza, así como copia de la demanda sellada, para su presentación en el Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos.

Remítanse dichos testimonios y copia de la demanda sellada a la parte ejecutante a través de correo certificado con acuse de recibo.

Estese al archivo acordado de las presentes actuaciones.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia de ordenación la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 19 de septiembre de 2013.

Por devuelto exhorto dirigido al Juzgado de paz de Las Rozas, referente a notificación de la diligencia de ordenación de fecha 24 de julio de 2013 a “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, con resultado negativo, únase a los autos de su razón.

Únase a los autos de su razón, la anterior consulta de domicilio de “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, en el Registro Mercantil Central, y no figurando nuevo domicilio de dicha empresa, de conformidad con el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social notifíquese la diligencia de ordenación de fecha 24 de julio de 2013 y la presente resolución a “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, a través de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID•.

Estese al archivo acordado.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.789/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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