Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2013

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131018-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Modificación ordenanza fiscal

El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2013, acordó la aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de matrimonio civil en edificios municipales del Ayuntamiento de Griñón.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se abre un período de exposición pública por plazo de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

El expediente de modificación de la citada ordenanza podrá ser examinado en este Ayuntamiento, sito en plaza Mayor, número 1, de Griñón (Madrid), en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, durante el plazo indicado anteriormente.

En el caso de que no se presente ninguna reclamación durante el período de exposición pública, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, conforme dispone el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Griñón, a 2 de octubre de 2013.—La alcaldesa-presidenta, María Antonia Díaz Garrido.

(03/31.989/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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