Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2013

Sección 1.4.60.23: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131016-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

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NOTIFICACIÓN Resolución 464/SG/2013, de la Directora-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por don Carlos Zornoza Orejana, contra la Resolución 508/2012 EC, de 17 de abril de 2012.

Ante la imposibilidad de notificar en el domicilio conocido, la Resolución 464/SG/2013, de la Directora-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, por la que se resuelve desestimar el recurso de reposición interpuesto por don Carlos Zornoza Orejana, contra la Resolución 508/2012 EC, de 17 de abril de 2012, del Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, que impone una sanción multa de 1.000 euros, por la infracción del artículo 8.3.b) y de 289,10 euros, por la infracción del artículo 8.2.a) de la Ley 12/1997, de 4 de junio, Reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en materia de depósito de fianzas de arrendamiento de la Comunidad de Madrid, se procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica, podrá ser examinado en el Área de Régimen Jurídico, del Instituto de la Vivienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a su notificación. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2013.—La Directora-Gerente, Ana Gomendio López de Asiaín.

(03/32.227/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.60.23: I. COMUNIDAD DE MADRID

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