Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131016-229

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

229
Procedimiento 30 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 30 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yolanda del Mar Fernández Marín, frente a don Armando Luis Betancor Álamo, don Ignacio Zorzona Pérez, don Julián José Barrios Sánchez, don Luis José Fernández Arimany, Administración General del Estado, “Alba Meril, Sociedad Limitada”, “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, “Contenemar, Sociedad Anónima”, “Isleña Marítima de Contenedores, Sociedad Anónima”, “Marítima Tarfaya, Sociedad Limitada”, “Nascentia Internacional, Sociedad Limitada”, “Petropesca, Sociedad Limitada”, y “Meykel, Sociedad Limitada”, sobre reclamación al Estado de salarios de tramitación, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 9 de septiembre de 2013.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que en fecha 9 de septiembre de 2013 comparece doña Yolanda del Mar Fernández Marín, representada y asistida por el letrado de Madrid don Rafael Goiría González, colegiado número 56.271, según consta en escritura del notario de Valencia, don Alejandro Cervera Taulet, de fecha 13 de noviembre de 2009, y con número de protocolo 3.373, manifestando su intención de desistir de la demanda. Asimismo, por la parte demandada, comparece el abogado del Estado, don Juan Manuel Gómez Moreno, con documento nacional de identidad número 519155722-F, en representación de la Administración General del Estado (Delegación del Gobierno), y por Fondo de Garantía Salarial, comparece don José Fernando Alonso Núñez, con documento nacional de identidad número 51677820-V.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 9 de septiembre de 2013.

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistida de la parte actora doña Yolanda del Mar Fernández Marín de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2526/0000/69/0030/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Armando Luis Betancor Álamo, don Julián José Barrios Sánchez, “Alba Meril, Sociedad Limitada”, “Isleña Marítima de Contenedores, Sociedad Anónima”, “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, “Marítima Tarfaya, Sociedad Limitada”, “Nascentia Internacional, Sociedad Limitada”, don Ignacio Zorzona Pérez, “Petropesca, Sociedad Limitada”, “Contenemar, Sociedad Anónima”, don Luis José Fernández Arimany, y “Meykel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.628/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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