Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131016-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

143
Procedimiento 276 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 276 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando López Fuentes, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Millénium Software & Web Tecnologies, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 331

En Madrid, a 13 de septiembre de 2013.—Vistos por mí, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de despido y cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, don Fernando López Fuentes, asistida por la letrada doña María Encarnación Carrillo Canales, y como demandados, “Millénium Software & Web Tecnologies, Sociedad Limitada Unipersonal”, no comparecida, y el Fondo de Garantía Salarial, representado por la letrada doña Elena Blanco Pérez, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Fernando López Fuentes, contra “Millénium Software & Web Tecnologies, Sociedad Limitada Unipersonal”, con citación del Fondo de Garantía Salarial:

1. Declaro la improcedencia del despido producido el día 17 de enero de 2013.

2. Condeno a “Millénium Software & Web Tecnologies, Sociedad Limitada Unipersonal”, a optar en un plazo de cinco días entre la readmisión del actor o el pago al mismo de una indemnización de 433,95 euros.

3. Condeno a “Millénium Software & Web Tecnologies, Sociedad Limitada Unipersonal”, en caso de que opte por la readmisión, a que abone al actor los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de esta sentencia a la empresa, a razón de un importe diario de 39,45 euros, con deducción del salario mínimo interprofesional correspondiente a los períodos posteriores de prestación de servicios reflejados en los hechos probados.

4. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por los pronunciamientos de la sentencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Millénium Software & Web Tecnologies, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.468/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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